artículo 28
art. 28
toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta declaración se hagan plenamente efectivos.
Declaración univrsal de los derechos humanos.
Esta es una invitación a trabajar en la construcción de un nuevo modelo de sociedad donde el ejercicio de garantías constitucionales y derechos humanos sea sin restricciones.
Recurre a la vía política para contar con la aprobación popular y la cooperación activa de todos nosotros. Si para el logro de sus objetivos, presentar alternativas contra la dominación y propiciar la búsqueda de la felicidad humana como fin político, hay que cambiar estructuras e instuciones, tales cambios habrán de llevarse a cabo. Si el condicionamiento social y los patrones de conducta interfieren, tales moldes habran de revisarse. El ejercicio pleno de garantías y derechos todos sabemos que no es demagogia, depende de todos nosotros que sea una realidad. En bien de la vida, la humanidad y la razón,
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